Para la inscripción inicial de las motocicletas, cualquiera sea su cilindrada, deberá presentarse a la Dirección del Registro de Automotores el certificado de Fabricación nacional o de importación, constancia de venta de la empresa fabricante o importadora o contrato de adquisición en cualquiera de sus formas.
En caso de ser contrato privado, las firmas deberán ser autenticadas por ante notario público.
Los triciclones y cuatriciclones, estarán incluidos en el régimen de las motocicletas y ciclomotores.